La editora de Huelva Información ha sido condenada como responsable civil subsidiaria. En la foto, una imagen de recurso de una información relacionada con el juicio por la muerte de Laura Luelmo,

La sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva que condena a dos años a una periodista de Huelva Información por “revelación de secreto” sobre el caso del asesinato de Laura Luelmo está teniendo una fuerte contestación desde asociaciones, sindicatos y colegios de periodistas, así como profesionales. 

Varias asociaciones de la prensa de Andalucía han firmado un manifiesto en el textualmente se expresan en estos términos:

1- Muestran su rechazo más absoluto a esta sentencia, que sienta un peligroso precedente y que pone en riesgo los estándares democráticos que protegen a la profesión periodística en la Constitución.
2- La Justicia tiene el deber de proteger y defender la información veraz, nunca perseguirla o castigarla. Hablamos de un derecho constitucional de los ciudadanos que ejercen a través de los periodistas.
3- Solicitan a la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) que estudie pormenorizadamente la sentencia y analice las posibles repercusiones que pueda tener para el ejercicio de la profesión.
4- Muestran su apoyo a la periodista condenada y se ponen a su disposición por si desea recurrir la sentencia ante todas las instancias judiciales que procedan.
5- Se reservan cuantas acciones de protesta consideren oportunas para dar a conocer este fallo judicial a la opinión pública, no solo por los riesgos que supone para el libre ejercicio de la profesión periodística, sino para la salud de una sociedad democrática.

Firman el comunicado la Asociación de Periodistas- Asociación de la Prensa de Almería, Asociación de la Prensa de Cádiz, Asociación de la Prensa Campo de Gibraltar, Asociación de la Prensa de Córdoba, Asociación de Periodistas de Granada, Asociación de la Prensa de Jaén, Asociación de la Prensa de Jerez, Asociación de la Prensa de Huelva, Asociación de la Prensa de Málaga y Asociación de la Prensa de Sevilla.

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La FAPE sostiene también que “este fallo judicial genera una honda preocupación en las asociaciones profesionales, puesto que deja al libre dictamen de los jueces la relevancia de una información, que, siempre y cuando sea veraz, está amparada en el artículo 20 de nuestra Carta Magna”.

Por su parte, el Sindicato de Periodistas de Andalucía (SPA) contempla con preocupación la sentencia, “que supone un cambio de paradigma en el ámbito jurisprudencial y del derecho a la información y que sienta un grave precedente, al juzgar por la vía penal una supuesta intromisión en el derecho a la intimidad, por incluir en la información datos que a juicio de los magistrados no son de relevancia pública”. Desde el SPA manifiestan su rechazo a la sentencia “y nuestra solidaridad y apoyo a la periodista afectada”.

La sentencia, que va a ser recurrida, condena además a la periodista a indemnizar a los padres de la joven asesinada con 30.000 euros y a pagar las costas del juicio, y hace responsable civil subsidiaria a la editora de Huelva Información.

El SPA recuerda que la Libertad de Información y el Derecho a la Información recogidos en el artículo 20 de la Constitución Española “son derechos a proteger en todo nuestro ordenamiento jurídico y en esa dirección se han pronunciado numerosas sentencias del Tribunal Constitucional. Y cuando se producen conflictos de intereses entre el derecho a la información y el derecho a la intimidad, (que también es un derecho fundamental), se han venido resolviendo, hasta ahora, por la vía civil. Hacerlo por la vía penal como ha ocurrido ahora supone, si se ratificara en instancias judiciales superiores, un cambio de paradigma sustancial, que pone en cuestión la libertad de información, y puede tener consecuencias graves, como en el caso que nos ocupa”.

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Condena por revelación de secreto

La clave y lo determinante de la sentencia ha sido el concepto de Revelación de Secreto (Artículo 197 de Código Penal, Apartados II y III). Un concepto penal “en opinión de numerosos juristas muy abierto y que permite interpretaciones muy flexibles”, señalan desde la SPA. Con ese criterio la sentencia condena “que se hayan publicado datos reservados, que eran diligencias previas y que afectan a la intimidad familiar”.

Según la sentencia, los datos publicados “son irrelevantes en relación a la información que interesa a la comunidad”, obviando “que es el o la periodista quien tiene que valorar el interés informativo y la relevancia pública de la información; en el caso que nos ocupa los pormenores narrados permitían ayudar a entender las diferentes versiones que el acusado había dado de los hechos, y que implicaban a otra persona”, sostiene el sindicato.

Desde el SPA se confía que el TSJA corrija esta sentencia “porque sienta un peligroso precedente, que llevará a la autocensura de los profesionales de la información”.

Colegio Profesional de Periodistas: “Un peligroso precedente”

Por su parte, el Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA) ha expresado su preocupación por las consecuencias que puede llegar a tener en el ejercicio de la libertad de información la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Huelva.

A juicio del Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía, el fallo sienta un “peligroso precedente en tanto que pone en riesgo tanto el futuro de la libertad de prensa en España como el derecho fundamental a la información de la ciudadanía”.

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Para la organización colegial, “la conclusión a la que han llegado los magistrados demuestra un profundo desconocimiento sobre el trabajo que se desarrolla en los medios de comunicación y supone una colisión evidente contra el día a día de la práctica periodística: difundir información veraz obtenida por medios lícitos”.

Además, para el colectivo resulta reprobable que, una vez más, “en un asunto judicial relacionado con la profesión periodística, los magistrados se arroguen para sí la potestad de determinar cuándo una información resulta de “relevancia pública” o de “interés general”, cuántos datos y detalles “necesita la comunidad en general” conocer o “lo que puede esperar la población en general de la oferta periodística al cubrir el suceso en medios”.

El Colegio de Periodistas valora la sentencia como un asunto “muy grave que puede hacer tambalear los cimientos sobre los que se basa el ejercicio profesional periodístico, especialmente el que se practica en la cobertura de temas de ámbito judicial, con el consiguiente riesgo que eso supone para que la ciudadanía tenga garantizado su derecho a la información”.

Por su parte, tal como recoge Público, Javier Ronchel, director de Huelva Información, medio condenado a indemnizar solidariamente a la familia de Laura Luelmo, indicaba: “Ahora los jueces nos tienen que decir a nosotros lo que es noticia o no. La sentencia cuestiona el Derecho a la Información y sienta un peligroso precedente”.

La sentencia está colgada en algunas webs, como en la del periódico La Mar de Onuba. 

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