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La justicia europea abre la puerta a exigir responsabilidades a Google por las noticias que reproduce Gemini

La utilización de artículos periodísticos por los asistentes de inteligencia artificial puede vulnerar los derechos de los editores cuando las respuestas reproducen de manera reconocible sus contenidos o los sistemas acceden a ellos eludiendo restricciones técnicas. Esta es la principal conclusión del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Maciej Szpunar, que este martes, 3 de noviembre, ha presentado un dictamen sobre el uso de noticias por parte de Gemini, el asistente de Google. El pronunciamiento, que todavía no es vinculante, establece criterios jurídicos que podrían resultar relevantes para las reclamaciones de los medios frente a las empresas de inteligencia artificial.

El caso constituye el primer procedimiento sobre inteligencia artificial generativa que llega al TJUE. Su origen está en una demanda presentada en Hungría por Like Company, una empresa que gestiona varios portales informativos y que acusa a Google de utilizar sus artículos sin autorización, tanto para entrenar los modelos de Gemini como para elaborar respuestas destinadas a sus usuarios.

Según recoge el comunicado oficial del Tribunal de Justicia, la editora sostiene que Google reprodujo y puso a disposición del público sus publicaciones de manera reiterada entre el 13 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2024. El tribunal húngaro decidió suspender el procedimiento y plantear cuatro cuestiones prejudiciales a la justicia europea para aclarar cómo debe interpretarse la legislación comunitaria sobre derechos de autor.

La respuesta del abogado general introduce una distinción fundamental: los medios no tienen derechos exclusivos sobre los hechos que publican, pero sí pueden ejercerlos sobre la forma concreta en que esos hechos se presentan y desarrollan periodísticamente. Por tanto, que un asistente de inteligencia artificial relate una noticia no constituye necesariamente una infracción, aunque sí puede serlo la reutilización de expresiones protegidas de la publicación original.

Cuándo puede infringir Gemini los derechos de los editores

Szpunar identifica dos factores que deben examinarse para determinar si la recuperación y reutilización de artículos por un asistente de inteligencia artificial vulneran el derecho de reproducción de los editores.

El primero es la forma en que el sistema accede a las publicaciones. Una posible infracción se produce cuando el asistente obtiene contenidos eludiendo ilegalmente medidas técnicas eficaces destinadas a restringir el acceso o la extracción automatizada de información, como los muros de pago.

El segundo afecta directamente a las respuestas que reciben los usuarios. El abogado general considera relevante determinar si el asistente se limita a transmitir los hechos recogidos en una información o si reutiliza de manera reconocible su expresión original, hasta el punto de que el usuario ya no necesita consultar el artículo del que procede.

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En relación con el derecho de puesta a disposición del público, Szpunar sostiene que, por regla general, puede existir una infracción cuando la forma de expresión de las publicaciones periodísticas resulta sistemáticamente reconocible en las respuestas del asistente y estas sustituyen la consulta del contenido original.

La interpretación propuesta no convierte en ilícitos todos los resúmenes generados mediante inteligencia artificial, pero cuestiona aquellos que reutilizan contenidos protegidos hasta hacer innecesaria la lectura de las publicaciones originales.

El dictamen también aborda la responsabilidad de las empresas que ofrecen estos sistemas. Según el abogado general, los proveedores pueden responder por esos usos cuando forman parte de su modelo de negocio o cuando no han establecido medidas adecuadas para prevenirlos de manera creíble y eficaz.

Esta cuestión adquiere especial importancia para los medios porque desplaza parte del análisis desde el comportamiento concreto del asistente hacia las responsabilidades de la compañía que lo desarrolla y comercializa.

El entrenamiento de la IA recibe un tratamiento diferente

Uno de los aspectos más relevantes del pronunciamiento es que distingue entre utilizar publicaciones periodísticas para entrenar modelos de inteligencia artificial y recuperarlas posteriormente para elaborar respuestas.

Sobre el entrenamiento, Szpunar propone declarar inadmisibles dos de las cuatro preguntas planteadas por el tribunal húngaro. Considera que no existen pruebas de que los artículos de Like Company se utilizaran para entrenar los modelos de Gemini y que, además, ese entrenamiento no constituye un uso en línea de publicaciones de prensa a efectos del derecho específico examinado.

No obstante, el abogado general añade una consideración jurídica de alcance más amplio: por regla general, el uso de obras y otros materiales protegidos para entrenar modelos de lenguaje puede acogerse a la excepción de minería de textos y datos prevista en la legislación europea.

Esta diferenciación limita el alcance del posible avance judicial para los editores: el dictamen ofrece argumentos frente a determinadas respuestas de los asistentes, pero no establece que el entrenamiento con contenidos periodísticos exija siempre una remuneración.

La posición expuesta por Szpunar tampoco resuelve todas las cuestiones relativas a los derechos de autor en el entrenamiento de modelos, ya que las preguntas formuladas en este procedimiento se refieren al régimen jurídico concreto aplicable a las publicaciones de prensa.

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Una nueva pieza en el conflicto entre Google y los editores

El pronunciamiento llega cuando los medios europeos mantienen abiertos varios frentes frente a Google por la utilización de sus contenidos en servicios de inteligencia artificial.

El pasado febrero, el European Publishers Council presentó una denuncia ante la Comisión Europea contra Google y Alphabet por el funcionamiento de AI Overviews y AI Mode, las herramientas que generan respuestas automáticas en el buscador. Como informó entonces el Laboratorio de Periodismo, la asociación considera que estos servicios utilizan noticias sin una compensación adecuada y reducen las oportunidades de los medios de recibir visitas e ingresos publicitarios.

Aquella denuncia se plantea desde el derecho de la competencia, mientras que el procedimiento examinado ahora por el TJUE se centra en los derechos de los editores sobre sus publicaciones. Son vías jurídicas diferentes, aunque ambas responden a las dificultades del sector para controlar y obtener una remuneración por el uso de su producción periodística.

El dictamen también coincide con una cuestión que Google ha abordado recientemente en sus propias condiciones de uso. En octubre, la compañía incorporó restricciones expresas para impedir que los agentes de inteligencia artificial desplegados mediante determinados servicios eludieran muros de pago y limitaciones de rastreo de terceros. Aquellas disposiciones afectan a los agentes sujetos a esas condiciones contractuales y no modifican por sí mismas las reglas aplicables a Gemini ni resuelven las controversias sobre remuneración de contenidos.

La resolución del asunto Like Company podría aportar criterios comunes para interpretar el alcance de los derechos reconocidos a los editores por el artículo 15 de la Directiva europea sobre derechos de autor en el mercado único digital.

Por ahora, sin embargo, no existe una sentencia que declare que Google ha infringido esos derechos en este caso. Las conclusiones del abogado general son una propuesta jurídica independiente que los jueces del TJUE pueden aceptar o rechazar.

Una vez que el tribunal europeo dicte sentencia, corresponderá al órgano judicial húngaro resolver la demanda concreta de Like Company aplicando la interpretación establecida por el TJUE. Solo entonces podrán determinarse las consecuencias jurídicas del litigio y, en su caso, las posibles responsabilidades económicas derivadas de la utilización de sus publicaciones.

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